- Es una alternativa a las firmas tradicionales
- Tienen muchos protocolos de seguridad
- Conoce si es legal en México
La transformación digital ha cambiado la dinámica del mundo empresarial: todas las empresas necesitan adaptarse para ganar más cuota de mercado.
El comercio electrónico, la digitalización masiva de documentos, las filtraciones de datos en Internet y la velocidad a la que se mueven los negocios nos obligan a pasar de la firma manuscrita tradicional a la firma electrónica.
Primero, hay mucha autenticación electrónica involucrada en el mismo conjunto de firmas electrónicas:
- certificado digital.
- Firma digital (en papel).
- Identificación de Propiedad Intelectual.
- Biometría.
- simbólico.
- Autenticarse con nombre de usuario y contraseña (por ejemplo, para banca en línea).
- Autenticación social (utilizando redes sociales como LinkedIn).
- otro.
La firma electrónica es un término que generalmente hace referencia a un tipo de autenticación alternativa a la firma manuscrita, es decir, manuscrita en papel:
La firma electrónica es un término que generalmente representa un tipo de autenticación que es una alternativa a la firma manuscrita, es decir, escrita a mano en papel: de hecho, es el método más fácil de autenticar documentos porque utiliza medios informáticos para completar las solicitudes de consentimiento. La adopción de este tipo de autenticación para formalizar cualquier tipo de contrato y negocio ha aumentado considerablemente.
Al día de hoy, existen 4 tipos de firmas electrónicas legales válidas en México, las cuales son:
- Sencillo: El artículo 89 del Código de Comercio define firma electrónica como “datos en forma electrónica entregados en un mensaje de datos o adjuntos o asociados lógicamente por cualquier técnica para identificar al firmante […]”. La autenticación se realiza a través de un nombre de usuario y una contraseña para habilitar las firmas digitales.
- Avanzado: Una firma avanzada es un conjunto de datos y caracteres que permite identificar al firmante, creado electrónicamente bajo su exclusivo control. Por tanto, sólo se asocia con el firmante y los datos que le identifican, dando la posibilidad de detectar cualquier intento de modificación de los mismos. Por tanto, este tipo de firma tiene el mismo alcance que un autógrafo.
Por otra parte, el artículo 97 del Código de Comercio considera que se garantiza una firma electrónica si:
- Los datos de creación de firma corresponden específicamente al firmante.
- Estos datos deben ser totalmente controlados por el firmante.
- Una vez firmado electrónicamente, se pueden identificar los cambios o alteraciones.
- Cualquier cambio en la integridad de la información del mensaje de datos se puede detectar después de la firma.
- Números: Una firma digital implica un conjunto de datos en forma digital que se transmite en forma de un mensaje de datos adjunto o asociado para identificar al firmante e indicar que la información recopilada ha sido aprobada.
- Biometría: Una firma biométrica es una firma manuscrita del firmante en un dispositivo digital (como una tableta o un teléfono inteligente): su propósito es identificar al firmante, pero depende de parámetros mecánicos, físicos o biológicos, como una huella digital.
Si bien las firmas manuscritas se pueden falsificar y manipular fácilmente, las firmas electrónicas tienen infinitas capas de seguridad.
Principalmente, la herramienta tiene datos utilizados como pistas de auditoría y pruebas de transacciones. Este registro contiene un historial de acciones realizadas en el documento, incluidas la apertura, la lectura y la firma.
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